De acuerdo con el reglamento de voluntariado del programa UNju.Pro.Dis.: ¿Cuáles son los objetivos principales del programa? Y, ¿de qué manera se deja de ser parte del mismo?
En respuesta a Angelina Mercedes Sarai Gutierrez
Re: La UNju: Programa UNJu.Pro.Dis
Los objetivo principales del programa es facilitar la inclusión universitaria de personas con discapacidad ,brindar apoyo a las mismas para que puedan participar plenamente de la vida universitaria sin ningún tipo de barreras ,crear un diálogo entre las personas que no padecen y las que si padecen algún tipo de discapacidad promoviendo el respeto la diversidad ,construyendo así, una universidad más exclusiva y accesible para todas las personas involucrando a alumnos, docentes y no docentes.
En caso de que el voluntario demuestre actitudes o lleve acciones que vallan en perjuicio de los valores declarados en el articulo 3ºy 9ºdel reglamento se le concede la desvinculación del contrato como voluntario .
"ARTÍCULO 3º: PRINCIPIOS BÁSICOS
La acción voluntaria organizada se fundamenta en los siguientes principios básicos:
a. La libertad como principio fundamental de la expresión de una opción personal tanto de
las personas voluntarias como de los destinatarios de su acción.
b. La participación como principio democrático de intervención directa y activa de los
ciudadanos en las responsabilidades comunes, contribuyendo al desarrollo de un tejido
asociativo que articule a la comunidad desde el reconocimiento de su autonomía y
pluralismo.
c. La solidaridad como principio del bien común que inspira actuaciones atendiendo el
interés general y no exclusivamente el de los miembros de la propia organización.
d. El compromiso social como principio de corresponsabilidad que orienta una acción
estable y rigurosa, buscando la eficacia de sus actuaciones como contribución a los fines
de interés social.
e. La autonomía respecto de los poderes públicos y económicos como principio que
ampara la capacidad crítica e innovadora de la acción voluntaria, sensibilizando a la
sociedad sobre nuevas necesidades y estimulando una acción pública eficaz.
f. La responsabilidad en el compromiso asumido, generando la confianza y la tranquilidad
entre los actores involucrados en la tarea voluntaria.
g. El trabajo en equipo, fortaleciendo el respeto y el trabajo colaborativo a fin de cumplir con
los objetivos propuestos.
ARTÍCULO 9º: DEBERES DE LAS PERSONAS VOLUNTARIAS
Las personas voluntarias tendrán los siguientes deberes:
a. Cumplir los compromisos adquiridos con el Programa, respetando sus fines y
normativas.
b. Guardar la debida confidencialidad respecto de la información recibida y conocida en el
desarrollo de su actividad.
c. Actuar de forma diligente y responsable de acuerdo con el compromiso de incorporación
suscrito con esta entidad.
d. Respetar los derechos de los destinatarios de su acción voluntaria.
e. Seguir las instrucciones técnicas para el adecuado desarrollo de las actividades
encomendadas que se les señalen por los responsables del Programa.
f. Respetar y cuidar los recursos materiales de esta entidad.
g. Mantener un trato cordial y respetuoso con los estudiantes del programa.
h. Ante cualquier situación imprevista recurrir e informar a la brevedad al personal del
programa. "
En caso de que el voluntario demuestre actitudes o lleve acciones que vallan en perjuicio de los valores declarados en el articulo 3ºy 9ºdel reglamento se le concede la desvinculación del contrato como voluntario .
"ARTÍCULO 3º: PRINCIPIOS BÁSICOS
La acción voluntaria organizada se fundamenta en los siguientes principios básicos:
a. La libertad como principio fundamental de la expresión de una opción personal tanto de
las personas voluntarias como de los destinatarios de su acción.
b. La participación como principio democrático de intervención directa y activa de los
ciudadanos en las responsabilidades comunes, contribuyendo al desarrollo de un tejido
asociativo que articule a la comunidad desde el reconocimiento de su autonomía y
pluralismo.
c. La solidaridad como principio del bien común que inspira actuaciones atendiendo el
interés general y no exclusivamente el de los miembros de la propia organización.
d. El compromiso social como principio de corresponsabilidad que orienta una acción
estable y rigurosa, buscando la eficacia de sus actuaciones como contribución a los fines
de interés social.
e. La autonomía respecto de los poderes públicos y económicos como principio que
ampara la capacidad crítica e innovadora de la acción voluntaria, sensibilizando a la
sociedad sobre nuevas necesidades y estimulando una acción pública eficaz.
f. La responsabilidad en el compromiso asumido, generando la confianza y la tranquilidad
entre los actores involucrados en la tarea voluntaria.
g. El trabajo en equipo, fortaleciendo el respeto y el trabajo colaborativo a fin de cumplir con
los objetivos propuestos.
ARTÍCULO 9º: DEBERES DE LAS PERSONAS VOLUNTARIAS
Las personas voluntarias tendrán los siguientes deberes:
a. Cumplir los compromisos adquiridos con el Programa, respetando sus fines y
normativas.
b. Guardar la debida confidencialidad respecto de la información recibida y conocida en el
desarrollo de su actividad.
c. Actuar de forma diligente y responsable de acuerdo con el compromiso de incorporación
suscrito con esta entidad.
d. Respetar los derechos de los destinatarios de su acción voluntaria.
e. Seguir las instrucciones técnicas para el adecuado desarrollo de las actividades
encomendadas que se les señalen por los responsables del Programa.
f. Respetar y cuidar los recursos materiales de esta entidad.
g. Mantener un trato cordial y respetuoso con los estudiantes del programa.
h. Ante cualquier situación imprevista recurrir e informar a la brevedad al personal del
programa. "